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REGLAMENTO DE BECAS COLEGIO INSTITUTO SANTA MARÍA SANTIAGO

Consideraciones Generales
 

Artículo 1°: El Colegio Instituto Santa María, en adelante indistintamente ISM o El Colegio, es un establecimiento educacional particular pagado, perteneciente a la Congregación de Jesús y por ende de identidad católica, en fidelidad al carisma de María Ward.


Artículo 2º: En razón de lo señalado y siguiendo la política establecida años anteriores, la Fundación INSAMAR autorizó a la Dirección del Instituto Santa María, para otorgar becas a los/as estudiantes que forman parte de esta Comunidad Educativa y que requieran por razones debidamente justificadas postular a este beneficio. Quienes deseen postular deberán seguir las normas que tratan los artículos del presente reglamento.

Artículo 3°: El otorgamiento de becas tiene los siguientes objetivos:

Apoyar a las familias comprometidas con el colegio, que por razones socioeconómicas, presenten dificultades reales y demostrables para que sus hijos/as continúen con su educación formal en el ISM.

Poner en acción los valores fundamentales que emanan del Ideario Educativo de María Ward: verdad, justicia libertad y alegría.

Motivar en los/las estudiantes el desarrollo de logros académicos, compromiso e identidad con el colegio y su Proyecto Educativo.


Artículo 4°: Las becas podrán ser equivalentes a rebajas de colegiaturas de hasta un 30% como máximo y estarán a disposición de los/as estudiantes a partir del año calendario siguiente a su postulación. Si bien las becas se conceden por un año académico, éstas serán reevaluadas al término del Primer Semestre del año 2024, en base a la cancelación oportuna de las mensualidades por parte del apoderado. Esta evaluación podría eventualmente dejar sin efecto el beneficio otorgado, generando una diferencia de valor para el segundo semestre del año 2024.
 

La determinación de su monto será facultad del Colegio, quien designará a una comisión responsable del estudio y cálculo respectivo, de acuerdo a lo establecido en este reglamento.

Cuando las postulaciones al beneficio de las becas, que más adelante se definen, concurran en un número que exceda los recursos que han sido destinados para estos efectos, el Colegio se reserva el derecho a: (1) asignar el beneficio a las solicitudes que mejor califiquen de entre aquellas que cumplan con los requisitos de procedencia, o (2) prorratear porcentualmente los recursos existentes entre el total de beneficiarios.
 

La Beca no incluye el pago de matrícula, ni los compromisos adquiridos por el apoderado en cada uno de los cursos y con el Centro de Padres y Apoderados, como en lo referente a los valores anexos (seguros, textos específicos, fotocopias, etc.) Asimismo, la asignación de la beca deja sin efecto cualquier otro descuento que pudiera ser exigible por el grupo familiar (por ejemplo: descuentos por hermanos que establece el reglamento de matrícula, descuentos por pago al contado)


Artículo 5º: Toda postulación exige como requisito esencial no mantener deuda, ni protestos por cualquier concepto con ISM, sin perjuicio de convenios de pagos vigentes y satisfactoriamente cumplidos.

Artículo 6º: Los tipos de Becas otorgados por el colegio son los siguientes:
 

a) Becas por situación Socioeconómica: Corresponde a una rebaja en el valor de la colegiatura de hasta un tope de 30% como máximo, dirigido a los/las estudiantes a partir de 3° Básico, y con una antigüedad en el colegio igual o superior a 2 años. Dicho porcentaje no es vinculante para el otorgante de la BECA, si resuelve prorratear entre todos los postulantes o parte de ellos el monto o recurso destinado, de conformidad a lo dispuesto en el artículo cuarto, párrafo cuarto.


Requisitos:

- Ser estudiante antiguo del colegio (a lo menos con dos años de permanencia continua en el Establecimiento)
Los estudiantes que postulen deben ser alumnos de 3° básico a IV medio.
- Los estudiantes que postulen no deben presentar condicionalidad de ningún tipo.
- Rendimiento académico: Promedio general mínimo, durante el primer semestre: 6,5 desde 2° a 6° básico y 6.0 para las postulaciones de 7° a IV medio.
- No mantener morosidad en la cancelación de matrícula y colegiatura, ni deudas de años anteriores.
- No haber tenido protestos por concepto de colegiaturas en años anteriores.
- Señalar en la solicitud una dirección de correo electrónico que le sirva para informarse de los resultados del proceso de postulación.
Acreditar los siguientes antecedentes:
- Situación socioeconómica.
- Ingreso per cápita familiar.
- Beneficiarios FONASA / ISAPRE.
- Nivel educacional de la madre/padre/apoderado.
- Problemáticas familiares (económicas, salud y/o legales, finiquitos, reducción jornada laboral, certificado de pagos, AFC 2023 y certificado de cotizaciones)

b) Becas por Excelencia Académica: Corresponde hasta un 20% como máximo de rebaja de Colegiatura. Dicho porcentaje no es vinculante para el otorgante de la Beca si resuelve prorratear, entre todos los postulantes o partes de ellos, el monto o recurso destinado de conformidad a lo dispuesto en el artículo cuarto, párrafo cuarto.

 

Requisitos:

- Los estudiantes que postulen deben ser alumnos de 8° Básico a IV Medio.
- Ser alumno antiguo del colegio (a lo menos con dos años de permanencia continua en el Establecimiento)
- Promedio General no inferior a 6,7.
- Informe de Desarrollo Personal y Social.
- Asistencia del/la estudiante no inferior al 90%.
- Responsabilidad del apoderado (por ejemplo: asistencia a reunión de apoderados)
- Participación y compromiso de la familia del estudiante en actividades del colegio.
- Mantener pagos de matrícula y colegiaturas al día (sin morosidad ni protestos año en curso y 2022)
- Presentar los antecedentes descritos en el artículo sexto del presente documento.
- Señalar en la solicitud una dirección de correo electrónico que le sirva para informarse de los resultados del proceso de postulación.

 

Artículo 7º: Cada una de estas Becas es incompatible entre sí. Por lo que la familia deberá postular a los/las estudiantes optando por una de ellas.
 

Artículo 8º: El fondo o monto a repartir por el Colegio será asignado en porcentajes, teniendo como tope máximo el indicado en los párrafos precedentes. El monto porcentual de la beca se determina según las características, circunstancias y condiciones que exponen y presentan en los formularios respectivos, los requerimientos legales y otros antecedentes planteados en las postulaciones y de la facultad de prorratear los recursos destinados a becas por el Colegio.

Artículo 9º: Las postulaciones se realizarán única y exclusivamente vía mail, enviando formularios y todos los documentos en forma integral: becas@ism-santiago.cl
 

Para esta postulación, el mail enviado debe contener todos los documentos solicitados. De faltar algún documento, esta postulación quedará fuera del proceso.
 

Los documentos se recibirán con fecha tope el día viernes 11 de agosto, hasta las 13:00 horas. Aquellos documentos que se reciban posterior a la fecha y hora indicada, recibirán una respuesta automática indicando que se encuentran fuera de plazo.

No se recibirán documentos en físico en el establecimiento.

 


(*)La recepción del correo electrónico que informe la resolución adoptada por el Colegio, será suficiente notificación para el postulante.

De las postulaciones a la Beca de rebaja de colegiatura por situación socioeconómica

Artículo 10°: Podrán postular a la Beca: las madres, padres o apoderados que se encuentren al día en el pago de la colegiatura, que no hayan tenido protestos por deudas anteriores y que presenten dificultades económicas para la continuación de estudios de su hijo/a o estudiante del ISM.

Artículo 11°: Las postulaciones deberán realizarse a través del “Formulario de Postulación de Rebaja de Colegiatura”, que se encuentra a disposición en la misma página web del Colegio y que tendrá que ser íntegramente llenado con todos los datos allí solicitados y debidamente suscrito por el solicitante, sirviendo como único instrumento de certificación de entrega de antecedentes y acuso de recepción de los mismos y demás documentos que requiere la beca a la cual se postula. 

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Artículo 12°: Al momento de postular, las madres, padres y apoderados deberán acompañar obligatoriamente al formulario debidamente completado, los siguientes documentos:

- Fotocopia de transferencia o medio de pago que haya suscrito cada apoderado; este comprobante debe estar al día, a la fecha de postulación.

- Seis últimas liquidaciones de sueldos de los integrantes del grupo familiar que perciban En caso de que alguno sea trabajador independiente, deberá presentar: (1) la última Declaración de Renta, (2) las seis últimas Declaraciones de Impuestos, o en su defecto, las seis últimas boletas de honorarios (copia)
- Certificado AFP con las doce últimas remuneraciones de los integrantes del grupo familiar que perciban ingresos.
- Comprobantes que acrediten la situación habitacional: dividendos, arriendo o certificado simple de cesión (préstamo) de la vivienda.
- Comprobantes de egresos significativos del ingreso familiar: (1)  Enfermedades crónicas de alto costo, con el Certificado Médico respectivo y comprobante de gastos (bonos, medicamentos, exámenes médicos, intervenciones, ) y (2) Estudios de otros integrantes del grupo familiar, para lo cual deberá presentar el

- Certificado de Alumno Regular y el comprobante de pago de mensualidad.

- Cesantía: presentar finiquito actualizado del empleador, certificado de pagos AFC, lo anterior correspondiente al año 2023.
- Certificado de Anotaciones Comerciales (DICOM o Boletín Comercial)
- Cualquier otra documentación, no indicada anteriormente, que avale la situación económica de la familia.


Artículo 13°: La veracidad de los datos suministrados en el formulario y documentación adjunta es de exclusiva responsabilidad de los solicitantes.

Artículo 14°: ISM solicitará un informe al Profesor(a) Jefe, sobre el comportamiento y responsabilidad del apoderado y el alumno durante el último año.

Artículo 15°: ISM se reserva el derecho de verificar todos o algunos de los datos consignados en la Ficha de postulación y los documentos adjuntados a ésta.

Del procedimiento para obtención de Beca de colegiatura

Artículo 16°: El Equipo Económico del Colegio constituirá una Comisión de Becas conformada por: Administradora, Representante Legal, Directora, Administrador General de las obras de la Congregación de Jesús en Chile y Trabajador Social que prestará servicio sólo para estos fines.

Artículo 17°: Los ítems con puntajes a considerar son los siguientes:


Artículo 18°: El atraso en la entrega del formulario de postulación y demás antecedentes adjuntos, o la presentación incompleta de este, hará, por este solo hecho, que la postulación sea desestimada y rechazada de plano, como si nunca hubiese sido presentada.

Del término o pérdida de la Beca

Artículo 19°: La rebaja obtenida en razón de aplicación de esta beca, exige al apoderado un comportamiento ejemplar y oportuno en el pago mensual de la cuota, pudiendo el ISM revocar la beca o aplicar los intereses y multas que genera la morosidad en que incurra.

Artículo 20°: Si las condiciones que dieron origen a la beca varían favorablemente, imponen al apoderado su obligación de informar al establecimiento dicha circunstancia y así retomar los cánones normales de colegiatura y, por el contrario, si estas circunstancias empeoran, no harán variar el moto de la beca, por cada sobreviniente.

Artículo 21°: Las causales que originan la pérdida de una beca de rebaja de colegiatura, sin perjuicio de lo dispuesto en título anterior, serán las siguientes:

1.- Por retiro o cambio de colegio del/la estudiante.

2.- Por renuncia escrita de la beca, voluntaria y libremente decidida por el apoderado.

3.- Si con posterioridad a su otorgamiento, se comprueban adulteraciones o falsedad en la información entregada por el apoderado.

4.- Por morosidad de un mes de la colegiatura con la rebaja asignada.

5.- Por protestos de colegiaturas no canceladas.

6.- Por no renovación de contrato de prestaciones de servicios por cualquiera de las partes.

Artículo 22°: El beneficio de la Beca comprende un año escolar. Esta será reevaluada al término del Primer Semestre del año 2024, en base al desempeño académico y disciplinario del alumno, a la responsabilidad y a la cancelación oportuna de las mensualidades por parte del apoderado. Esta evaluación podría eventualmente dejar sin efecto el beneficio otorgado.

Artículo 23°: El apoderado debe cumplir con la fecha de pago acordada de todas y cada una de las cuotas convenidas en su contrato, en el mes de enero del año 2024 se revisará situación de pagos, pudiendo el colegio dejar sin efecto la asignación de beca, por el solo hecho de retrasos en el pago de cuotas convenidas.

De la aceptación y confirmación del beneficio de Beca

 

Artículo 24°: Una vez seleccionados los beneficiarios de una Beca, el Colegio informará por medio de correo electrónico a los respectivos apoderados, el resultado de la postulación.

Artículo 25°: El apoderado aceptará la Beca y sus condiciones por medio de su firma estampada en el documento que oficializa el beneficio. El no acudir en la fecha estipulada en la citación será causal de pérdida del beneficio, el que será reasignado a otro postulante.

Otras disposiciones

 

Artículo 26°: Será de exclusiva responsabilidad de la madre, padre o apoderado, mantener en reserva la situación de asignación de becas. Así también, es deber informar oportunamente a la Dirección y/o Administración del Colegio respecto de cualquier cambio en las condiciones que generaron la postulación al beneficio, tal como exigen las cláusulas anteriores.

 

CLÁUSULA PRIMERA TRANSITORIA

El presente instrumento tendrá vigencia para el año 2024, reservándose el Colegio la facultad de variar su contenido para los años venideros.

Aquellos alumnos que han sido beneficiados con becas durante el año 2023, deberán postular al proceso de becas año 2024, si la situación así lo amerita.

El beneficio de beca, podrá ser otorgado al alumno con un máximo de tres asignaciones (3 años continuos o discontinuos) supeditado a las mismas condiciones de postulación general (cumplimiento de requisitos y postulación de cada año)

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